Para solicitar la renovación de tu tarjeta de autorización de residencia y trabajo dependerá si se cumplen alguno de los siguientes requisitos:
a) En el caso que sigas trabajando en el mismo empleo porque se renovó el contrato o la oferta de trabajo o tienes una nueva oferta de trabajo .
b) Seas beneficiario de una prestación por desempleo se te renovará por el tiempo que este fijada la prestación.
c) Seas beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público con el fin de lograr tu reinserción laboral se te renovara por el tiempo que se fije la prestación.
¿Por cuánto tiempo me otorgarán la renovación?
a) La autorización de residencia y trabajo inicial te será concedida por un año . Estarás limitado a realizar la actividad y en el lugar para la que fue concedida la autorización.
b) La primera y segunda renovación se concederá por 2 años . Te permitirá realizar cualquier actividad en el lugar que desees.
c) Y en la siguiente renovación se te concederá la residencia permanente que te permitirá trabajar en las mismas condiciones que los trabajadores españoles y tendrá una vigencia por cinco años .
Una vez concedida la renovación tendrás que dirigirte a la Oficina de Extranjeros para solicitar en el plazo de un mes tu tarjeta de identidad de extranjero.
Más información: www.map.es/servicios/servicios_on_line/extranjeria/renovaciones.html